Documentación a presentar (entregar antes del 31 de octubre)

y

  • Certificación académica acreditativa de la superación de la/s asignatura/s con la que se solicita realizar la convalidación.

o

  • Certificado de matrícula de enseñanzas profesionales de danza (en el caso de que la asignatura necesaria para obtener la convalidación se esté cursando en el mismo año académico que la materia objeto de convalidación)              

o

  • Certificado de superación de la prueba de acceso a enseñanzas profesionales.

o

  • Certificado de enseñanzas elementales de danza (Convalidación optativa)

Nota: En el caso de que la asignatura necesaria para obtener la convalidacion se esté cursando en el mismo año académico que la materia objeto de convalidación, se considerará dicha materia como «pendiente de convalidación». Una vez acreditada la superación de la asignatura necesaria para convalidar la materia de Educación Secundaria Obligatoria, se indicará la convalidación consignando la expresión «convalidada» en los documentos de evaluación para la materia correspondiente. En caso de que no se presentara el certificado correspondiente a la superación de la asignatura de las enseñanzas profesionales de danza, necesaria para obtener la convalidación, en la fecha de la evaluación final extraordinaria, la materia cuya convalidación se solicitó, aparecerá con la calificación «no presentado» en los documentos de evaluación.

Para la exención de Educación Física:

  • Certificado de matrícula de enseñanzas profesionales de danza.

Nota: Al finalizar el curso se deberá aportar certificado de haber mantenido la matrícula para que sea efectiva la exención. De no hacerlo, la citada materia se considerará no superada y  el alumno o alumna podrá realizar la prueba extraordinaria. Si el alumno renunciase a la matrícula en las Enseñanzas Profesionales de Danza antes de la fecha de la sesión de la evaluación final ordinaria, podrá solicitar ser evaluado desde ese momento en la materia de Educación física.  


Legislación vigente relativa a la convalidación y exención de asignaturas

BOE 51 (28-02-2009): Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

DOCV 6322 (30-07-2010): ORDEN 71/2010, de 15 de julio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el procedimiento para solicitar la convalidación y exención de materias en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato por parte del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de música y de danza o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite en la Comunitat Valenciana.

DOCV 6520 (13-05-2011): ORDEN 27/2011, de 5 de mayo, de la Conselleria de Educación, por la que se modifica parcialmente la Orden de 19 de junio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Bachillerato diurno, nocturno y a distancia en la Comunitat Valenciana, y la Orden 71/2010, de 15 de julio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el procedimiento para solicitar la convalidación y exención de materias en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato por parte del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de Música y de Danza o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite en la Comunitat Valenciana.

Resolución de 25 de septiembre de 2015, del director general de Política Educativa, por la que se dictan instrucciones, adaptadas a los cursos de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, para la convalidación y exención de materias en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato por parte del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de Música y de Danza, o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite en la Comunitat Valenciana.

Resolución de 29 de octubre de 2015, del director general de Política Educativa, por la que modifica parcialmente la Resolución de 25 de septiembre de 2015, del director general de Política Educativa, por la que se dictan instrucciones, adaptadas a los cursos de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, para la convalidación y exención de materias en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato por parte del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionaes de Música y de Danza, o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite en la Comunitat Valenciana.

Resolución de 15 de julio de 2016, del director general de Política Educativa, por la que se dictan instrucciones, adaptadas a los cursos de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, para la convalidación y exención de materias en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato por parte del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de Música y de Danza, o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite en la Comunitat Valenciana para el curso 2016-2017.

DOGV 7981 (16-02-2017): ORDEN 5/2017, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa denominado Coordinación horaria dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas profesionales de Música y/o Danza y la Educación Secundaria.

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2021, del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato durante el curso 2021-2022.